La cultura y la expresión artística forman parte de la vida cotidiana, así como también el dinero y las leyes. De estos elementos de uso corriente surge un debate en el que, como en la mayoría de los ámbitos, muchos se interesan y defienden o atacan posiciones a muerte mientras que otros prefieren ser indiferentes a él. Me estoy refiriendo a la polémica por la propiedad intelectual.
Por si el lector en este preciso momento se encuentra con dudas respecto de qué exactamente estoy hablando, me parece adecuado definir primero el concepto de propiedad intelectual antes de continuar con mi escrito. Según la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), la propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio. (…) Se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de procedencia; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, (…) y los diseños arquitectónicos. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión. Ahora bien, ¿tiene sentido la propiedad intelectual? Particularmente, creo que es algo obsoleto, y sólo sirve para que ciertos organismos y personas lucren con el trabajo ajeno.
La propiedad intelectual, en nuestro país es un derecho constitucional, y los derechos de autor siguen vigentes hasta 50 años después del fallecimiento del escritor, fotógrafo, pintor o músico. Con la primera impresión que nos da el tema, podríamos decir que es algo justo que el autor de una obra pueda cobrar por el uso y distribución del material que él produce, y que sus familiares lo sigan haciendo luego de su muerte. Lamentablemente, en realidad no es tan así.
El acceso a la cultura, también es un derecho. Día a día se escucha el término “piratas” para referirse a las personas que copian, acceden y/o distribuyen un material que posee derechos de autor ilegalmente (y en algunas ocasiones también sacan provecho económico del mismo). Ahora bien, el lector podrá decir, si es que vivió en los 80s y 90s, alguna vez grabó un cassete con música de la radio, o copió su película favorita del VHS original de su amigo. Estas son acciones que hoy, en la era del Internet, están mucho más simplificadas y agilizadas, pudiendo acceder a –casi- todas las películas, series y música desde cualquier parte del mundo, y descargándolas a su computadora. Lamentablemente estimado lector, debo decirle que si su respuesta ha sido un sí, tanto usted como yo somos criminales, aunque lo que realizamos sea simplemente ejercer nuestro derecho de acceder a la cultura.
¿Cómo funciona el sistema en la Argentina? Voy a ejemplificarlo con el caso de la música. Un músico compone una obra, la registra en SADAIC y éste se encargará de cobrar los derechos de uso y distribución de la obra, a todas las radios, comercios, etc. que la reproduzcan. ¿Qué es lo malo de este sistema? Este sistema beneficia únicamente a los artistas más conocidos, y a las compañías discográficas con las que firman. Son las disqueras las que ganan el 80% de lo que se paga por derechos de autor, y como el fondo común de la organización se reparte entre los artistas más escuchados únicamente, son ellos los únicos que se benefician (precisamente, los que defienden a muerte los derechos de autor y condenan la “piratería”). Es por esto, que considero obsoleta la propiedad intelectual. Los músicos “under” no se benefician realmente del cobro de los derechos de autor, sino que los beneficios son sólo percibidos por una elite.
En contra de la llamada “piratería”, en varios países se han implementado o intentado implementar desde el gobierno varias medidas: atacar sitios web que comparten música y arrestar a sus dueños (Ley SINDE, en España), cánones digitales en España y Argentina, que son totalmente irracionales y aumentan casi en un 50% el precio de dispositivos de almacenamiento (¿por qué pagar de más por un disco duro, o un CD que voy a utilizar para guardar información personal?). No se puede atacar a un usuario de Internet o de tecnologías, con la bandera de la “antipiratería”. Eso, no tiene otro nombre que censura y perjuicios al consumidor.
En mi opinión, el denominar “pirata” a la persona que, por razones económicas deciden copiar y compartir, en este caso música, sin fines de lucro, es un error grave. Propongo, entonces, que se modifique el marco legal.
Existen otras licencias, que son más libres y que permiten un uso más fluido de la cultura, y un acceso más fácil a ella. Las licencias de Creative Commons, por ejemplo, permiten que la obra de un autor sea reconocida como tal, pero también su uso para fines no comerciales y reedición de la misma, así como la libertad de compartirla.
A lo que a música se refiere, es uno de los pocos mercados que no se han adaptado a los gustos de los consumidores. Es hora de que las discográficas, en lugar de atacar la “piratería”, pasen por un cambio profundo. Que dejen de vender música en soportes caros, incómodos y perjudiciales para el medioambiente. El formato digital es la opción, y lo ideal, que sean gratuitos. Sí, gratuitos, como tantas páginas web legales que permiten escuchar música sin necesidad de pagar financiándose por ejemplo, con publicidad. Recordemos que un artista vive de la música que hace, no de los discos que vende. Un músico gana más dinero en una presentación en vivo que por las copias de un CD vendidas, de las que sólo la disquera obtiene un beneficio real.
En conclusión, la propiedad intelectual es una de las principales razones de ser de la competencia imperfecta en los mercados, de que algunos artistas ganen muchísimo dinero y otros igualmente buenos no; que acceder a la cultura sea algo elitista y de la criminalización de personas que no cometen un delito real. Es hora de un cambio. ■
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Etiquetas: cc, crítica, derechos de autor, licencias libres, propiedad intelectual
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